parallax background

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Resolvemos tus dudas?

PIDE CITA GRATIS

PREGUNTAS FRECUENTES

1¿Es recomendable otorgar testamento?
Si, evita a futuros herederos realizar declaración de herederos, puede mejorar la posición de su cónyuge, dando más derechos que lo que por Ley le corresponde. Además en caso de no tener familiares cercanos, se designa a quién dejar sus bienes, de no hacerlo heredará el estado o la CCAA.
2¿Qué diferencia hay entre testamento y declaración de herederos?
Otorgando testamento sus herederos no tendrán que hacer declaración de herederos. El testamento se hace generalmente ante Notario, y en el designa a sus herederos, por otro lado la declaración de herederos se hace ante Notario si se trata de familiares que sean ascendientes, descendientes o cónyuge, en caso contrario tendrá que ser judicial..
3¿Puedo cambiar un testamento hecho anteriormente?
Si, lo único que debe hacer es acudir al Notario y otorgar un nuevo testamento, no es necesario que sea el mismo Notario que hizo el anterior.
4¿Me interesa hacer testamento si solo tengo bienes muebles?
Si, pues los trámites son los mismos.
5¿Debo cambiar el testamento si me separo de mi cónyuge?
Si, sobre todo si realizó disposiciones a su favor, para así evitar problemas futuros que pueden acabar resolviéndose judicialmente.
6¿Debe el cónyuge viudo cambiar el testamento tras la muerte del fallecido?
Lo normal es que no, pero depende de casa caso.
7Puede cambiar el testamento un cónyuge a espalda del otro cuando los dos hicieron testamento a la vez?
Si, en la misma Notaría o en otra, ya que se trata de un documento personalísimo.
8¿Cómo saber si una persona fallecida lo ha hecho bajo testamento?
Deberá acudir al Registro de últimas voluntades con el certificado de defunción que antes habrá solicitado en el Registro Civil (los dos Registros son públicos) y por tanto lo puede solicitar cualquiera.
9¿Puedo conocer las cláusulas de un testamento?
Depende, si es de alguien vivo no, salvo con su autorización, en cambio si ha fallecido y tiene intereses en esa sucesión, puede obtener copia autorizada en la Notaría donde se realizó el testamento.
10¿Puedo excluir a mi excónyuge de la administración de los bienes que mis hijos reciban?
Si, en el testamento incluir una cláusula con el nombre de las personas que no quiere que administren esos bienes.
11¿A que se refiere con hacer testamento el “uno para el otro”?
Se trata de dejar al otro cónyuge y viceversa mediante legado el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes, de esta forma los instituidos herederos reciben la nuda propiedad y solo podrán disfrutar de esos bienes cuando el cónyuge que quede viudo fallezca. Lo anterior choca con el Código Civil, el cual dice que no se puede gravar la legítima de los herederos forzosos y, es por ello que a continuación se añade que si alguno de los herederos no respetase la disposición, verá reducida su cuota a la legítima estricta, acreciendo en el resto de herederos que si acepten el legado de usufructo.
12¿Qué quiere decir que un instituido heredero es sustituido vulgarmente por sus descendientes?
Es una previsión que hace el testador para el caso de premorir el heredero al testador o no aceptar aquél la herencia, pasando entonces a sus descendientes.
13¿Cuánto me costará contratar un abogado para el trámite de la herencia?
Depende de muchos factores, tales como la cuantía del caudal relicto, si ha fallecido testado o intestado, si en el inventario existen inmuebles o no. De todas formas los abogados no tienen un arancel como los Notarios y los precios pueden variar de unos a otros.
14¿Cuánto supone todo los trámites, impuestos y gestiones de una herencia?
Imposible saberlo sin tener todos los datos, depende de muchas circunstancias: Si se hizo testamento o es necesaria la declaración de herederos, valoración de los bienes, Comunidad Autónoma donde se tenga que liquidar el Impuesto de Sucesiones, número de herederos, patrimonio preexistentes de los sujetos pasivos, grado de parentesco con el causante, si hay o no inmuebles, en el caso de haberlos conocer si en el Ayuntamiento donde estén ubicados se paga el Impuesto por el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, si fue la última residencia del causante etc.
15¿Hay Notarios que cobran más baratos que otros?
Se tratan de funcionarios públicos que cobran por aranceles, siendo estos los mismos para todos. Lo mismo ocurre con los Registradores de la Propiedad.
16¿Quién debe pagar los gastos de entierro?
Se satisface con cargo a los bienes de la herencia. Es decir corresponde a los herederos.
17¿Se paga más impuestos si la sucesión es sin testamento o con testamento?
Indistintamente, no afecta al pago de impuesto, aunque si habrá más gastos y trámites sin testamente, pues habrá que realizar declaración de herederos.
18¿Cuál es el plazo para liquidar el impuesto de sucesiones?
Seis meses, auque se puede solicitar prórroga entre el cuarto y quinto mes desde el fallecimiento.
19¿Estoy obligado a presentar liquidación del impuesto de sucesiones en todo caso?
Si, aunque el resultado a pagar sea cero.
20¿Dónde debo liquidar el impuesto de Sucesiones?
En la Comunidad Autónoma donde el fallecido tuviera su última residencia.
21¿Debo pagar el IIVTNU por los inmueble s que reciba por herencia?
Dependerá del Ayuntamiento, algunos no lo exigen.
22¿Cuándo Prescriben el IIVTNU?
A los cuatro años y medio del fallecimiento.
23¿Qué puedo hacer si he cometido un error en la liquidación del impuesto de sucesiones o en el IIVTNU y he pagado de más?
Si no ha trascurrido el periodo de prescripción, puedo solicitar al Ayuntamiento o comunidad Autónoma por ingresos indebidos y recuperar lo pagado en exceso.
24¿Si fallece mi cónyuge es necesario hacer escritura de herencia ante Notario e inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad?
No, lo obligado es pagar los impuestos de Sucesiones y Plusvalía municipal (IIVTNU), puede interesar para más adelante esos trámites si no se piensa en vender o repartir la herencia.
25¿Si soy heredero único tengo que hacer escritura de herencia para inscribir los inmuebles?
No, basta con un documento con firma legitimada por Notario.
26Somos varios herederos, ¿debemos hacer escritura de herencia ante Notario si en la herencia no hay inmuebles sino solo dinero?
No, es suficiente con documento privado, y posterior liquidación del impuesto para que el banco nos entregue el capital dinerario.
27¿Qué ocurre si durante la tramitación de la herencia fallece uno de los herederos?
Su cuota para a sus descendientes que podrán aceptar la herencia inicial con arreglo a la cuota que tenía el postmuerto.
28¿Tienen que ir todos los interesados a la Notaría para hacer la declaración de herederos?
No, la declaración de herederos puede ser instada por un solo de los interesados en la herencia. Cuando se tenga toda la documentación acompañado por dos testigos se acudirá a la Notaría para firmar el acta, no siendo necesaria la presencia de todos los interesados.
29¿En que Notaría debo hacer la escritura de herencia?
En cualquiera, existe libertad para hacerla en el lugar de fallecimiento del causante o en otra. A diferencia de la declaración de herederos que si tendrá que ser en el lugar de la última residencia del fallecido.
30¿Tengo que hacer escritura de herencia en caso de haber testamento “del uno para el otro”?
No, es más puede que le interese hacerlo más adelante, lo que si debe es liquidar el impuesto de sucesiones y el IIVTNU si hay inmuebles en el plazo de seis meses desde el fallecimiento.
31¿Quién tiene que pagar las deudas de la herencia?
Los herederos, por eso debe tener en cuenta la posibilidad de aceptar a beneficio de inventario, pues si aceptan pura y simplemente, tendrán que hacer frente a todas las deudas habidas incluso con su propio patrimonio, para ello es importante ayudarse de un especialista.
32¿Debo pagar un préstamo de mi hijo fallecido, soltero y sin descendientes que me reclama el banco?
Depende, si usted aceptó la herencia de su hijo pura y simplemente, si. Si en cambio no la acepto porque no había nada que heredar, o la acepto a beneficio de inventario, en el primer caso no, en el segundo hasta el valor de los bienes dejados por su hijo.
33Resido en el extranjero, ¿tengo que trasladarme a España para realizar los trámites de la herencia de mis padres que vivían en España?
Para la aceptación, partición, adjudicación de la herencia si es necesario, salvo que de poderes a otra persona ante Notario o al consulado de España en el extranjero para que lo haga en su nombre. Si solo va a liquidar el Impuesto de Sucesiones, no es necesario trasladarse ni dar poderes, lo puede presentar otra persona por Vd.
34¿Puedo alquilar la vivienda que poseo en usufructo?
Si, no estas obligado a vivir en ella y, las rentas las debes cobrar tu como usufructuario.
35¿Tengo que hacer nuevas escrituras porque siendo nudo propietario a cuartas iguales partes, fallece el usufructuario?
No, no es necesario, basta con un documento privado al Registrador de la Propiedad, solicitando la cancelación del derecho de usufructo, firmado por cualquiera de los interesados en presencia de Notario que legitime la firma, acompañando cerificado de defunción del usufructuario.
36¿Cuál es el valor del usufructo vitalicio?
Depende de la edad del usufructuario, la formula es U= (90-(e+1), siendo e la edad del usufructuario y U el porcentaje a aplicar al valor de los bienes.
37¿Puede mi madre, que es usufructuaria, usar a su antojo del dinero habido en la herencia?
La cuestión es discutida, ya que según Jurisprudencia la usufructuaria puede usar el dinero sin consentimiento de los herederos y tiene derecho a percibir los intereses, quedando obligada a la devolución del dinero al finalizar el usufructo.
38A que se refiere cuando hablamos de cuaderno particional?
Se trata de un documento público o privado firmado por los herederos que recoge como se reparte laherencia.
39El causante dispuso en el testamento la forma de partición de la herencia, ¿Podemos los herederos hacerlo de forma distinta?
Si, siempre que todos sean mayores de edad y capaces y estén de acuerdo en la forma de realizarla.
40¿Podemos repartir la herencia sin haber fallecido aún el causante?
No, ya que los acuerdos sobre herencia futura son nulos.
41Si un heredero no quiere firmar la partición, ¿Se puede hacer la herencia?
Si, pero no es aconsejable, ya que se tendría que acudir a un proceso judicial con los gastos que ellos conlleva, es preferible ceder un poco y llegar a un acuerdo para evitar dichos gastos y dilaciones.
42Una vivienda que pertenece a varios “pro indiviso”, podemos alquilarla si alguno no está de acuerdo?
Si, siempre que la mayoría esté de acuerdo.
43Entre los bienes de la herencia hay un piso, uno de los herederos quiere adjudicárselo para él solo pagando al resto sus partes, y los demás estamos de acuerdo, ¿hay que hacer primero la escritura de herencia del piso para todos y después una compraventa?
No es necesario si se tiene claro antes de la escritura de la herencia, de esa forma se evitaría pago de impuestos de trasmisiones patrimoniales y gastos de Notaría y Registro por la compraventa.
44Entre los bienes de la herencia hay un piso que recibimos los tres herederos en “pro indiviso” a terceras iguales partes, al tener problemas sobre la forma de disfrutarlo, hemos decidido que uno se quede con el piso y pague a los otros su parte en dinero ¿como debemos hacerlo para que resulte más favorable?
Para ahorrarse impuestos deben hacer una disolución del condominio, que tiene los mismos efectos que una compraventa pero tributa al 1% en lugar de un 7% en caso de compraventa.
45Mis padres donaron a mi hermana una plaza de garaje, ahora toca la partición de la herencia, ¿debemos tener en cuenta el valor de esa donación en la herencia?
Todo dependerá cómo se hizo esa donación, si se dijo en la escritura expresamente que la donación se realizaba dispensando de colación al donatario, no se debe traer a la herencia, aunque si se tendrá en cuenta a la hora de calcular las legítimas para que éstas no queden perjudicadas.
46¿Cómo puedo conocer el valor de los inmuebles de la herencia?
A través de internet, o acudiendo a las oficinas de la Comunidad Autónoma, es conveniente reflejar la cantidad señalada por ellos para evitar comprobaciones de valor que dan lugar al pago de intereses sobre la cantidad pagada.
47Entre los bienes de la herencia existen cuentas bancarias, y en ellas hay además del causante alguno de los herederos, pero todo el dinero es del fallecido ¿Cómo debe hacerse el reparto?
Si el dinero procede solo de ingresos del causante, por ejemplo la pensión, debe el saldo total repartirse, ya que lo que se ha de tener en cuenta es la propiedad real.
48¡Que significa que me han dejado lo que por legítima me corresponda?
Sin tener en cuenta lo que las legislaciones forales dispongan en cada territorio, significa que si son dos hermanos le ha dejado la mitad de los dos tercios en que consta le legítima y por tanto no participará en el tercio de libre disposición. Si en la herencia hay 90.000€, cada tercio estará compuesta por 30.000, usted recibirá 15.000 del primer tercio (legítima estricta), otros 15.000 por la mitad del segundo tercio (tercio de mejora) y nada más, es decir percibirá de 90.000€, solo 30.000€.
49¿Qué ocurre si un testamento es anulado o el causante fallece sin testamento?
Se abre la sucesión abintestato, será necesario realizar declaración de herederos bien ante Notario o ante el Juzgado.
50¿ Quien hereda si fallezco sin hijos ni ascendientes, me encuentro casado y no separado?
El cónyuge, antes que los hermanos y demás colaterales.
51¿Cómo se reparte la herencia si fallezco intestado, sin descendientes ni ascendientes, ni cónyuge, solo hermanos unos fallecidos y otros no?
La herencia se dividirá en partes iguales entre sus hermanos, y la parte del hermano fallecido se repartirá entre los hijos de éste (sus sobrinos) a partes iguales. En caso del hermano premuerto no tenga descendientes, acrecerá en los otros hermanos, y si todos han premuerto entre sus sobrinos a partes iguales.
52Soy soltero y sin descendientes ni ascendientes, cómo puedo evitar que cuando fallezca mis bienes vayan a parar a mis hermanos o sobrinos?
Haciendo testamento y nombrando heredero a quien quiera, ya que sus hermanos y sobrinos no son legitimarios. En caso de no hacer testamento sus bienes irán a parar a ellos.
53¿Puedo renunciar a la herencia antes de fallecer el causante, y después en documento privado?
La renuncia se ha de hacer en documento público, y no se puede pactar sobre herencia futura ya que no tiene ningún valor.
54En caso de testamento, si un heredero renuncia sin hacerlo a favor de nadie ¿A quien va su parte?
Depende de si el testador lo ha previsto o no, si lo ha previsto por ejemplo sustituido vulgarmente por sus descendientes, a ellos ira, si no lo ha previsto irá al otro heredero instituido por el causante.

SOLICITE INFORMACIÓN

sin compromiso